SANTO DOMINGO, R.D. (viprensa).- La Fundación Justicia y
Transparencia (FJT), calificó de inconstitucional el decreto del
presidente, Luis Abinader, número 538-21, mediante el cual se
constituye el denominado Fideicomiso Público Central Termoeléctrica
Punta Catalina (Fideicomiso CTPC), el cual tendría como objeto la
administración por 30 años de Punta Catalina, por un comité técnico,
presidido por el exadministrador de la CDEEE, Celso José Marranzini
Pérez, y los señores, José Luis Actis, Noel Báez Paredes, George
Ángel Reinoso Núñez y John A. De Armas, todo ello amparado,
paradójicamente, en la ley 189-11, que instituye el fideicomiso en
la República Dominicana, para el Desarrollo del Mercado Hipotecario.
La entidad cívica lamentó que el presidente Abinader, de forma
errónea desarrolle por decreto una institución jurídica, que como
tal, no existe en nuestro ordenamiento legislativo, (Fideicomiso
Público), más bien solo aparece en una definición contenida en el
decreto núm. 95-12, artículo 4 letra d, para la reglamentación de la
ley 189-11, sin desarrollo alguno, además de estar desvinculado y
descontextualizado de la referida ley, por no encontrar afinidad con
las modalidades originalmente previstas.
Trajano Potentini, presidente de Justicia y Transparencia, explicó
que el fideicomiso esta fundamentalmente concebido para actividades
de naturaleza privada, con una estructura flexible y fuera de los
controles de transparencia y rendición de cuentas del estado, con un
patrimonio autónomo, con la agravante, de que para el caso ocurrente,
estaríamos privatizando y enajenando un bien público, como lo sería
la Central Termoeléctrica Punta Catalina, con un costo aún
desconocido, pero muy superior a los 2 mil millones de dólares,
afectando así, una función exclusiva del congreso, nunca por un
decreto del ejecutivo.
Potentini, recordó al ejecutivo, el que la Constitución Dominicana,
en su artículo 128, numeral 2, letra d, establece la obligatoriedad
de contar con la aprobación del congreso, para la enajenación de
cualquier patrimonio público, que supere los 200 salarios mininos,
en consecuencia, dictar un decreto, ejecutando en lo inmediato, la
transferencia y entrega de Punta Catalina en manos privadas, sin
pasar por el congreso previamente, constituye una violación a la
Carta Magna.
FJT anuncia someterá la inconstitucionalidad del decreto que
privatiza y enajena el patrimonio público de punta catalina.
Asimismo, la Fundación Justicia y Transparencia, informó que, en los
próximos días, bajo la dirección del jurista, Henri Misael Adames,
estarán sometiendo por ante el Tribunal Constitucional, un recurso
contra el decreto número 538-21, que crea el fideicomiso para la
administración por 30 años de Punta Catalina, así como otras
acciones judiciales tendentes a impugnar y cuestionar en diferentes
instancias, todos los actos, que sobre el particular se vayan
ejecutando.
En ese mismo orden, Potentini deploró, que pese a los esfuerzos de
la fundación por restaurar la institucionalidad, en el marco del
manejo de los negocios y administración del sistema eléctrico, con
la interposición de un amparo contra la ilegal firma del Pacto
Eléctrico, por excluir al sector social y de dos recursos de
inconstitucionalidad, uno por la eliminación por decreto de la
Compañía Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE), y otro
por la licitación al margen de la ley, de los contratos de compra y
venta de energía, por varios miles de millones de dólares, se
continúen violando la institucionalidad, con acciones como el
referido decreto y la transferencia de las EDES al FONPER.
Finalmente, la FJT le pide al presidente Abinader, no dejarse
presionar por ese empresariado voraz, que ha secuestrado el manejo y
los negocios del tema eléctrico, tras reiterar que todavía estamos a
tiempo, para reencauzar por el plano de la institucionalidad la
reforma del sector eléctrico, presidente reaccione y no permita, que
esto empañe su gestión de gobierno, este pueblo ha demostrado que
confía en usted y sigue dándole la mejor de las valoraciones, por
sus ejecutorias gubernamentales.
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