Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas: Con la carga de las pruebas en los delitos tributarios y aduaneros bajo el nuevo código penal de la Rep. Dominicana. (2-2 final)

 

Por Julio Cesar Concepción Rodríguez - Septiembre 16, 2026

Julio Cesar Concepción Rodríguez, MBA.

 

La responsabilidad penal de la persona jurídica en República Dominicana, invita a echar una mirada al Artículo 7 de la Ley No. 550-14. Durante décadas, el derecho penal se construyó sobre una idea simple: solo las personas físicas podían cometer delitos.

Sin embargo, la realidad empresarial y los grandes escándalos corporativos obligaron a replantear esta visión. Hoy, muchos sistemas jurídicos reconocen que las empresas también pueden ser responsables penalmente cuando su estructura permite o facilita conductas ilícitas.

En República Dominicana, este cambio se refleja en la Ley No. 550-14, que establece el Código Penal y que introduce el principio de responsabilidad penal de la persona jurídica. Este enfoque se recoge especialmente en el Artículo 7, que abre la puerta a una nueva forma de entender la responsabilidad empresarial.

El artículo de referencia establece, reconoce en su formidable línea fija que las personas jurídicas pueden ser penalmente responsables por los delitos cometidos en su nombre, por su cuenta o en su beneficio.

Esto significa que una empresa, sociedad o entidad puede enfrentar consecuencias penales cuando un delito es cometido:

. Por sus representantes legales
. Por directivos o administradores
. Por personas con poder de decisión dentro de la organización
. O incluso por empleados bajo su autoridad, cuando existe una falla en los controles o en la supervisión.

En otros términos, la responsabilidad no desaparece porque el delito haya sido cometido por un individuo dentro de la empresa. Si la organización se beneficia o permitió que ocurriera, puede ser considerada responsable. Constituye un cambio de paradigma para las empresas. La incorporación de la responsabilidad penal de las personas jurídicas supone un cambio profundo en la cultura empresarial.

Las empresas ya no pueden limitarse a reaccionar cuando ocurre un problema. Hoy se espera que adopten mecanismos de prevención y control que reduzcan el riesgo de delitos dentro de la organización.

Entre los riesgos más habituales asociados a este tipo de responsabilidad se encuentran:

. Corrupción y soborno
. Fraude corporativo
. Lavado de activos
. Delitos financieros
. Violaciones regulatorias

Cuando estos hechos ocurren dentro de una empresa, las autoridades no solo investigan al individuo que ejecutó el acto, sino también si la organización contaba con controles adecuados para prevenirlo. Frente a este nuevo marco, las empresas deben pasar de una lógica reactiva a una gestión preventiva del riesgo penal corporativo.

Algunas de las acciones clave incluyen:

a) Implementar un programa de Compliance

Un sistema estructurado que identifique, evalúe y gestione los riesgos legales y regulatorios de la organización.

b) Elaborar políticas y procedimientos claros

Códigos de ética, políticas anticorrupción, conflictos de interés y normas de relación con terceros deben estar claramente definidos y comunicados.

c) Designar un responsable de cumplimiento

    Contar con una figura encargada de supervisar el sistema de cumplimiento, con autonomía y acceso a la alta dirección.

d) Establecer canales de denuncia seguros

    Mecanismos que permitan reportar irregularidades de forma confidencial y protegida.

e) Capacitar de manera continua a colaboradores y directivos

    La formación en ética y cumplimiento es clave para generar una cultura organizacional alineada con la legalidad.

f) Monitorear y mejorar el sistema de control

   Los programas de cumplimiento deben evaluarse periódicamente para adaptarse a nuevos riesgos y cambios regulatorios.

Más allá de cumplir con la normativa, estas medidas permiten a las empresas demostrar diligencia, prevenir conductas ilícitas y proteger su reputación corporativa. Es decir que más que una obligación legal.

La responsabilidad penal de la persona jurídica no debe entenderse únicamente como una amenaza jurídica. También representa una oportunidad para fortalecer la gobernanza corporativa y consolidar una cultura de integridad dentro de las organizaciones.

Las empresas que adoptan un enfoque preventivo no solo reducen su exposición a sanciones, sino que también generan mayor confianza entre inversionistas, clientes y reguladores.

En un entorno empresarial cada vez más exigente, anticiparse al riesgo ya no es una opción, sino una necesidad estratégica.

Las organizaciones en el diseño, de implementación y fortalecimiento de programas de Compliance de ser efectivos, ayudando a transformar la gestión del riesgo es una verdadera ventaja competitiva.

La responsabilidad de las personas jurídicas en la Ley Penal Tributaria, con sus aciertos y controversias.

La imposición de sanciones a personas jurídicas que surge a raíz de la modificación del nuevo Código Penal, introducido en el marco de la nueva legislación sobre lavado de activos.

Con los aciertos y controversias en la aplicación del derecho penal hacia las personas jurídicas, se espera aclarar los criterios dogmáticos de la normativa vigente. Mitos y realidades de la responsabilidad penal de las personas jurídicas, en el nuevo Código Penal.

En su relación con las Normas de Calidad y Compliance. Las normas ISO (frecuentemente referidas como normas de calidad o gestión, como la ISO 9001) y el nuevo Código Penal Dominicano (Ley 74-25, vigente desde agosto de 2026) se conectan directamente a través del concepto de cumplimiento normativo (compliance).

• Responsabilidad de las empresas: Por primera vez, el Código Penal dominicano introduce la responsabilidad penal para las personas jurídicas (empresas) cuando se cometen delitos en su    nombre o beneficio.
• Control de riesgos: Para evitar ser sancionadas o demostrar debida diligencia, las organizaciones implementan sistemas de gestión basados en estándares internacionales de calidad y control (como las normas ISO 9001 para procesos o la ISO 37001 específica antisoborno).
• Cultura de integridad: Contar con certificaciones y procesos auditados ayuda a las empresas a prevenir infracciones internas y minimizar riesgos ante la justicia penal.

El sistema establecido por el nuevo Código Penal es coherente y bien articulado. Establece requisitos razonables para la imposición de una pena a una persona jurídica, y se aleja de los criterios civilistas que por un lado tienden a la objetivación de la responsabilidad, mientras que por otro lado tienden a desfigurar la naturaleza de la pena.

Es probable que el hecho de incluir la responsabilidad penal de las personas jurídicas en el ordenamiento penal dominicano cause una reacción adversa en una parte del empresariado dominicano, y que este alegue que no es necesario incluir la sanción penal puesto que ya existen otros ámbitos sancionadores.

No hay que olvidar que la responsabilidad penal es un índice de la posición que ocupan los sujetos en la sociedad.




 

 

 





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